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Concursos

X concurso de fotografía “Jesús de Perceval”

X concurso de fotografía “Jesús de Perceval”

Horario, lugar, fecha y funciones

Castillo de Santa Ana

lun 18 nov 2024

Información

PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Del 18 al 29 de Noviembre


BASES DEL CONCURSO

1.  Objeto y Finalidad del X Concurso de Fotografía “Jesús de Perceval” y bases reguladoras.

  • El Concurso de Fotografía “Jesús de Perceval” celebra este año su X edición. Su objetivo es contribuir a la promoción y fomento de la fotografía como expresión artística.
  • Las bases reguladoras de estos premios se encuentran establecidas en la Ordenanza municipal específica de bases reguladoras para el otorgamiento de los premios del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería 

2.  Créditos presupuestarios.

Créditos presupuestarios a los que se imputa el premio: aplicación 02004.330.48910.

Cuantía total máxima de los  premios  que se convocan: 1.900 €, desglosándose de la siguiente forma: 

1º PREMIO: 1.000 €.

2º PREMIO: 600 €.

  3º PREMIO: 300 €.

3.  Régimen de concesión de los premios:

El procedimiento para la concesión de los premios objeto de esta convocatoria será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las obras presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración y ponderación establecidos en  la base 40 de ejecución de presupuestos del año 2024 del Excmo. Ayuntamiento de Roquetas de Mar, específica de bases reguladoras para el otorgamiento de los premios del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y recogidos en esta convocatoria, otorgándose los premios , con el límite fijado en el apartado 2.b, a aquellas obras que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

4.  Requisitos para participar en los premios y forma de acreditación.-

Podrán participar en el presente concurso todas aquellas personas mayores de 16 años que lo deseen dentro del ámbito profesional o aficionado.

En caso de que las obras se presenten mediante representante o intermediario, se requerirá autorización escrita del autor en la que preste su consentimiento, aceptando participar en la convocatoria.

En cualquier caso, las personas participantes, además de cumplir los requisitos anteriores, deberán cumplir las siguientes condiciones:

Tener plena capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

No estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

La forma de acreditación de estos requisitos y condiciones se determinan en el  apartado 6.2 así como de modelo de solicitud de participación.

El participante remitirá anexo al formulario de inscripción declaración responsable de estar al corriente con la tesorería municipal.

5.  Requisitos y presentación.- 

Las fotografías se presentarán en formato digital (solo JPG) con una resolución mínima de 3.500 píxeles en el lado más largo, en blanco y negro o color. No siendo premiadas con anterioridad. La persona que inscriba la obra se declara autor/a de la misma.

Los trabajos se enviarán utilizando el sistema WETRANSFER (www.wetransfer.com) a la siguiente dirección de email: concurso.perceval@roquetasdemar.es

Los datos personales: nombre y apellidos, domicilio, fecha de nacimiento, Nif o Nie, dirección de correo electrónico, teléfono y título de la obra, se enviarán en un documento adjunto a la foto a presentar, no pudiendo aparecer en ningún caso nombre del autor/a en el texto del mensaje, ni en el asunto.

IMPORTANTE: El/la autor/a deberá presentar una declaración responsable firmada, relativa a ser el autor/a material de las imágenes presentadas, no haber publicado anteriormente dichas imagen y no haber incurrido en ningún caso contra el derecho de la propiedad intelectual.

6.  Tema.-  

El tema de esta X edición será Abstracción. La temática elegida para esta ocasión será: "Abstracción" Este certamen invita a fotógrafos de todos los niveles a explorar  el fascinante mundo de la abstracción a través de su cámara. La abstracción permite ver más allá de la realidad tangible, capturando emociones, formas y colores de una manera única y personal, desafiando las convenciones y presentando su propia interpretación de lo abstracto. Ya sea a través de patrones, texturas, luces o sombras, la visión de cada fotógrafo puede transformar lo ordinario en algo extraordinario. 

Inscripción y Plazo.-

La inscripción será gratuita y se presentará una fotografía por autor. El plazo de presentación será desde el 18 al 29 de noviembre de 2024.

Jurado y criterios de valoración.- 

Estará constituido por miembros de la Organización y profesionales de la fotografía, que valorarán cada obra presentada, pudiendo asignar en cada caso hasta un máximo de 100 puntos, en base a los criterios que se exponen y conforme al siguiente desglose:

Originalidad y elección del tema: máximo 35 puntos. Las fotografías deben ser el resultado de la inventiva del autor.

Calidad técnica de la imagen: máximo 35 puntos. Las obras mostrarán el empleo de soluciones y recursos de calidad, en concordancia con la propuesta solicitada.

Composición: máximo 30 puntos. La imagen deberá transmitir al público un mensaje, y generar una reacción en el espectador.

El fallo se hará público durante el mes de diciembre de 2024 y será comunicado a los premiados. El jurado, cuya decisión será inapelable, podrá declarar desierto cualquier premio.

El jurado estará capacitado para resolver cualquier incidencia, siempre de acuerdo a lo establecido en las presentes bases, dejando constancia razonada en el acta correspondiente.

Responsabilidad.-

Las personas participantes en el Concurso se comprometen a que la información que faciliten sea completa, veraz y actualizada.

La Organización declina cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de los posibles errores, omisiones o falsedades derivados de los datos facilitados por las personas concursantes y/o seleccionadas. En el supuesto de que la Organización fuese objeto de cualquier reclamación iniciada por terceras partes en base a posibles infracciones de los derechos de propiedad intelectual o de imagen de los mismos en relación con la fotografía enviada al concurso, las personas participantes responsables de haberla enviado asumirán cuantos gastos, o costes e indemnizaciones pudieran derivarse de la reclamación.

Destino de las fotografías.- 

La utilización y destino de las obras, a las que se hace referencia en las presentes bases, se efectuará conforme a lo establecido en el Real Decreto legislativo 1/1996 de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, respetándose con ello la propiedad intelectual de los autores sobre las obras presentadas.

Una selección de las mejores fotografías podrá ser divulgada. Dichas fotografías se mostrarán a través de las redes sociales del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.

Respecto a las fotografías premiadas, el Ayuntamiento, como organizador del concurso tendrá derecho de uso con finalidad cultural, educativa o divulgativa, siempre citando al autor, quien no pierde el derecho de propiedad intelectual sobre su obra.

11. Aceptación.-

La participación en este concurso supone la total aceptación de las presentes bases y su no cumplimento será causa de eliminación.

12.  Premio.-

1.- Se establecen los siguientes premios:

1º PREMIO: 1.000 €.

2º PREMIO: 600 €.

3º PREMIO: 300 €.

2.- A los premios concedidos se les aplicará la correspondiente deducción por IRPF conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, y serán pagados mediante transferencia bancaria a la cuenta que indiquen los premiados, con posterioridad al acto público de entrega del Premio.

3.- En todo caso, los autores premiados conservarán los derechos de autoría de su obra, que le reserva la Ley de Propiedad Intelectual, por lo que serán citados en cualquier uso futuro de la obra.

4.- El autor o autora de la obra será la única persona responsable de las reclamaciones que se produjeran por la vulneración de cualquier derecho a tercero, incluyendo los derechos de propiedad intelectual, industrial o derechos de imagen.

5.- El participante remitirá anexo al formulario de inscripción declaración responsable de estar al corriente con la tesorería municipal. 

13. Fallo del Jurado y resolución de concesión de los premios.-

1.- El fallo del jurado se publicará oportunamente junto con la resolución de concesión de los  premios.

2.- Una vez aprobada la propuesta de resolución por el Concejal-Delegado de Cultura, tras el fallo del jurado, se adoptará la resolución de concesión de los premios mediante Acuerdo de Junta de Gobierno Local, motivada de conformidad con lo dispuesto en la presente convocatoria. En particular, deberá quedar expresamente recogida en la resolución de concesión, el resultado de la evaluación o evaluaciones que se haya recogido en el fallo del Jurado.

3.- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legítima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud del premio.

4.- La resolución del procedimiento se notificará individualmente a aquellas personas que resulten premiadas, de conformidad con las previsiones del artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la publicación en los medios que se indican en el apartado 15.

14. Órganos competentes.-

La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá al Concejal-Delegado de Cultura. 

La selección y evaluación de las obras corresponde al Jurado.

El órgano competente para aprobar la convocatoria es la Alcaldía-Presidencia.

15. Régimen de incompatibilidad.-

Las obras premiadas no habrán sido premiadas en otros concursos o certámenes premios. La recepción del premio regulado en la presente convocatoria es incompatible con la recepción de otros por la misma obra.

16. Medios de notificación o publicación.-

Los actos que conforman el procedimiento de concesión del presente premio se publicarán o notificarán a través de los siguientes medios:

1.- La presente convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, por conducto de aquella, y en la página web del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.

2.- Los actos de trámite, tales como requerimientos de aportación de documentación o de subsanación y propuestas de resolución, se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.

3.- La Resolución del procedimiento se publicará en la Base Nacional de Subvenciones, en el Portal de Transparencia y en la página web del Ayuntamiento de Roquetas de Mar4.

Las publicaciones de los actos de trámite y de la resolución del procedimiento en la página web del Ayuntamiento surtirán los efectos de la notificación de tales actos a cada uno de los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

17. Recursos.-

Contra la resolución de concesión del premio, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en los medios indicados en el apartado 15.3 y notificación individualizada prevista en el apartado 12.4, ante la Alcaldía o bien directamente interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación y notificación individualizada previstas anteriormente, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

18. Consultas.-

Para cualquier consulta sobre la presente convocatoria, los interesados podrán dirigirse al Castillo de Santa Ana o al Área de Cultura del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.